Cada clave CURP es una cadena alfanumérica única de 18 caracteres que tiene por objeto evitar la duplicación de registros en el sistema y consultar curp gratis. La tarjeta CURP es necesaria para obtener la mayoría de los servicios gubernamentales en México. Puede obtenerla presentando el original y una copia de su visado de inmigración (permanente o temporal), junto con su pasaporte y una copia de la página de su pasaporte que muestre su foto y la fecha de emisión. No puede utilizar un visado de turista para solicitar una tarjeta CURP. Puede acceder a una lista de las oficinas gubernamentales donde puede obtener la tarjeta CURP haciendo clic aquí.
Actualmente, la CURP es esencial para la declaración de impuestos, para llevar el registro de empresas, escuelas, afiliación a servicios de salud administrados por el gobierno, solicitudes de pasaporte y otros servicios gubernamentales. El número de la CURP se utiliza ahora en todos los registros individuales del Registro Civil (actas de nacimiento y de defunción) y en las copias certificadas de los mismos.
Inicialmente, la cédula estaba disponible en las oficinas de la CURP o en el Registro Civil, el ISSSTE, el IMSS y otros servicios gubernamentales. El documento se imprimía en papel verde, pero hoy en día se imprimen en papel blanco y a menudo se plastifican. De hecho, se puede imprimir una copia válida de los documentos existentes de la CURP visitando el sitio web oficial – http://consultas.curp.gob.mx/CurpSP.
La tarjeta CURP mide 5,4 cm de ancho y 8,6 cm de largo (2,125 in x 3,4 in), por lo que cabe en la mayoría de las carteras. En el anverso de la tarjeta figura la cadena de 18 caracteres de la CURP, los nombres y apellidos, además de la fecha de registro y un número de folio. El reverso contiene información que hace referencia al documento utilizado como prueba para asignar originalmente el código CURP (si fue un certificado de nacimiento, el número de folio y el municipio emisor y un código de barras.
El uso de las tarjetas CURP comienza el 23 de octubre de 1996, con la publicación en el Diario Oficial de la Federación del Acuerdo Presidencial para la adopción y uso por la Administración Pública Federal de la Clave Única de Registro de Población. El Acuerdo establece la asignación de un número de CURP a todas las personas que viven en México y a los mexicanos que viven en el extranjero.